Cómo solicitar New York Cold War Veterans Property Tax Exemption (exención de impuesto a la propiedad para veteranos)

Local assessor's office (statewide exemption under Real Property Tax Law §458-b, overseen by the NYS Department of Taxation and Finance)

Para quién es

Nueva York ofrece una exención separada del impuesto a la propiedad para veteranos que prestaron servicio activo durante el período de la Guerra Fría, del 2 de septiembre de 1945 al 26 de diciembre de 1991, aunque no hayan tenido servicio en tiempo de guerra ni en combate. Donde una localidad la ha adoptado, la exención reduce el valor tasado de la casa en un 10 % o un 15 % (la localidad elige), con límites en dólares fijados localmente. Un veterano con una discapacidad relacionada con el servicio recibe una reducción adicional igual a la mitad de su calificación de discapacidad de la VA, y esa parte por discapacidad nunca vence. La exención básica dura 10 años, a menos que la localidad haya eliminado el límite de tiempo. La casa debe ser propiedad del veterano, del cónyuge del veterano o del cónyuge sobreviviente que no se haya vuelto a casar. Solicite en la oficina del asesor tributario local.

Esta exención es una opción local: cada jurisdicción tributaria decide si la ofrece, elige el nivel de 10 % o 15 % y fija sus propios límites en dólares, por lo que la disponibilidad y el ahorro varían según la localidad. No se puede combinar con la exención para veteranos alternativa ni con la de fondos elegibles para el mismo fin tributario; los veteranos de tiempo de guerra suelen obtener mejores resultados con la exención alternativa. El asesor tributario local confirma qué se aplica a una dirección específica.

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Qué necesitará

  • DD-214 u otros documentos de baja militar que muestren servicio activo entre el 2 de septiembre de 1945 y el 26 de diciembre de 1991 y una baja honorable (o una carta de baja calificada del NYS Department of Veterans' Services)
  • Carta de adjudicación de VA que muestre el porcentaje de discapacidad, si solicita el complemento por discapacidad
  • Solicitud de exención para veteranos de la Guerra Fría (Formulario RP-458-b) de la oficina del tasador local
  • Prueba de que la casa es su residencia principal

Dónde solicitar

Solicite en línea: solicitud oficial

Paso a paso

  1. Consulte con la oficina del tasador local para confirmar que su jurisdicción tributaria haya adoptado la Exención de Impuestos a la Propiedad para Veteranos de la Guerra Fría, ya que es una opción local y no está disponible en todas partes.
  2. Reúna su DD-214 u otra documentación de baja militar que muestre servicio activo entre el 2 de septiembre de 1945 y el 26 de diciembre de 1991 y una baja honorable, o una carta de baja calificada del Departamento de Servicios para Veteranos del Estado de Nueva York si su tipo de baja lo requiere.
  3. Si solicita el complemento por discapacidad, reúna su carta de concesión de la VA que muestre su calificación actual de discapacidad.
  4. Reúna comprobante de que la casa es su residencia principal.
  5. Obtenga el Formulario RP-458-b (la solicitud de exención para veteranos de la Guerra Fría) en la oficina del tasador local.
  6. Complete el Formulario RP-458-b y envíelo, junto con todos los documentos de respaldo, a la oficina del tasador local. Puede que haya presentación en línea disponible; confirme los métodos de envío aceptados y la fecha límite de presentación con su tasador.
  7. Pregunte a su tasador si la Exención Alternativa para Veteranos o para Fondos Elegibles podría ahorrarle más, ya que la exención de la Guerra Fría no se puede combinar con esas para el mismo propósito tributario, y los veteranos de tiempos de guerra a menudo obtienen mejores resultados con la exención alternativa.

Qué esperar: Después de enviar su solicitud, la oficina del tasador revisará sus documentos y determinará si usted califica y en qué nivel: el 10% o el 15% del valor tasado, según lo que haya elegido su localidad, hasta cualquier límite local en dólares. Los tiempos de procesamiento varían, así que pida a su tasador un estimado. Esta es una solicitud única; no necesita volver a solicitarla cada año. La exención básica dura 10 años, a menos que su localidad haya eliminado ese límite de tiempo. Si califica para el complemento por discapacidad, esa parte de la exención es permanente y no vence. Si sus circunstancias cambian, como un cambio de propietario o de residencia principal, notifique a la oficina del tasador de inmediato.

Renovaciones

solicitud única; la exención básica dura 10 años, a menos que la localidad haya eliminado el límite; la parte por discapacidad es permanente

Fuente oficial →Última verificación · 10 de octubre de 2026

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